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Nueva Ley de Extranjería [GUÍA 2025]: cambios, requisitos y cómo afecta

Conoce los cambios más importantes del nuevo reglamento de extranjería que entra en vigor el 20 de mayo de 2025. Descubre cómo afectan al arraigo familiar, arraigo social, la reunificación familiar y otros trámites de extranjería.

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5/17/20258 min leer

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Experto en extranjería escribiendo blog sobre nueva ley de extranjeríaExperto en extranjería escribiendo blog sobre nueva ley de extranjería

Por José Rubén Benítez

fundador de myspainproject

Si estás pensando en venir a España o ya vives aquí, seguro que te preguntas cómo te afecta la Nueva Ley de Extranjería. El nuevo reglamento, que entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025, incluye cambios importantes sobre permisos de residencia, arraigo familiar, reagrupación familiar y más. En esta guía actualizada te explicamos todo lo que necesitas saber de forma clara y sencilla.

Contenido del artículo:

Personas de camino a informase sobre la nueva ley de extranjería
Personas de camino a informase sobre la nueva ley de extranjería

¿Qué es la Nueva Ley de Extranjería?

La popularmente conocida como Nueva Ley de Extranjería hace referencia al Real Decreto 1155/2024, por el que se aprueba el nuevo Reglamento de Extranjería.

Esta norma nace con la promesa de actualizar y simplificar los procedimientos relacionados con la entrada, residencia, trabajo, estudios y derechos de las personas extranjeras en España.

Este nuevo reglamento supone una reforma general del anterior y, tal y como declara en su exposición de motivos, se adapta mejor al contexto social y económico actual, al incorporar novedades como los nuevos tipos de arraigo, una redacción específica en relación a los visados y modificaciones en materia laboral, entre otras.

¿Cuándo entra en vigor el nuevo reglamento de extranjería?

El nuevo reglamento de extranjería, que fue aprobado el pasado 19 de noviembre de 2024, entrará en vigor el próximo 20 de mayo de 2025. cumpliéndose así el plazo de seis meses desde su publicación oficial en el BOE.

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Nuevos tipos de arraigo de la Nueva Ley de Extranjería

Uno de los cambios más importantes que trae el nuevo reglamento de extranjería de 2025 es la reforma de los tipos de arraigo, que son las autorizaciones que permiten a una persona extranjera regularizar su situación en España en ciertos casos especiales.

El nuevo reglamento amplía y mejora estas figuras, manteniendo algunas ya existentes y creando otras nuevas:

Arraigo familiar

El arraigo familiar ha cambiado por completo. Este está pensado para quienes tienen vínculos estrechos con ciudadanos de la Unión Europea. Puedes solicitarlo si eres padre, madre o tutor de un menor de nacionalidad europea (incluidos Suiza y países del Espacio Económico Europeo), siempre que vivas en España, te hagas cargo del menor y convivas con él o cumplas con tus obligaciones como progenitor. También pueden acceder quienes cuidan a un familiar con discapacidad de nacionalidad europea, si viven juntos y están a su cargo.

No se exige haber vivido un tiempo mínimo en España, pero sí es necesario no tener antecedentes penales recientes, no estar tramitando asilo, no tener prohibida la entrada en países con acuerdo con España y haber pagado la tasa correspondiente.

👉 Pulsa aquí para ver todos los requisitos y cómo solicitar tu arraigo familiar.

Arraigo sociolaboral

El arraigo sociolaboral permite conseguir la residencia si ya has trabajado en España y puedes demostrarlo. Necesitas tener uno o varios contratos que sumen al menos 20 horas semanales, con un salario que no sea inferior al mínimo legal o al que se marque por convenio.

Puedes presentar varios contratos si son de temporada o si trabajas con más de un empleador al mismo tiempo. Eso sí, las empresas deben cumplir con ciertos requisitos legales.

👉 Pulsa aquí y pide información sobre cómo solicitar el arraigo sociolaboral.

Arraigo social

El arraigo social está pensado para personas extranjeras que ya tienen lazos familiares en España (como cónyuge, pareja registrada o familiares directos) o que puedan demostrar que están integradas en la sociedad española. En este segundo caso, se necesita un informe favorable de la Comunidad Autónoma donde residas.

También es necesario contar con medios económicos suficientes para vivir en España. Estos pueden venir de un familiar cercano que ya tenga residencia o de tu propio trabajo por cuenta propia, si cumples ciertos requisitos.

👉 Pulsa aquí y pide información sobre cómo solicitar el arraigo social.

Arraigo socioformativo

El arraigo socioformativo permite obtener una autorización de residencia si estás matriculado o cursando estudios en España, ya sea en educación secundaria postobligatoria, formación profesional, enseñanzas para adultos o cursos promovimos por los Servicios Públicos de Empleo. También puedes solicitarlo si te comprometes a empezar una formación orientada al empleo en sectores con demanda.

Es necesario presentar un informe de integración social de tu Comunidad Autónoma y demostrar la matrícula en el plazo indicado, o la autorización no será aprobada.

👉 Pulsa aquí y pide información sobre cómo solicitar el arraigo socioformativo.

Arraigo de segunda oportunidad

Este tipo de arraigo está pensado para personas extranjeras que tuvieron una autorización de residencia (que no fuera por circunstancias excepcionales), pero que no pudieron renovarla por causas ajenas a su voluntad. Para solicitarlo, debes haber sido titular de esa residencia en los dos años anteriores a la solicitud.

No se podrá pedir si la denegación fue por motivos de orden público o salud pública, salvo que exista una sentencia absolutoria, sobreseimiento o resolución favorable posterior.

👉 Pulsa aquí y pide información sobre cómo solicitar el arraigo de segunda oportunidad.

Reagrupación familiar según la nueva ley de extranjería

Si eres extranjero y tienes un vínculo familiar con una persona de nacionalidad española, puedes solicitar una autorización de residencia temporal como familiar de ciudadano español. Esta autorización te permitirá vivir y trabajar en España de forma legal, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia, sin necesidad de realizar trámites adicionales. La duración de esta residencia suele ser de cinco años, y puede renovarse si se siguen cumpliendo los requisitos.

Pueden solicitar esta residencia temporal los familiares de ciudadanos españoles que se encuentren en determinadas situaciones de vínculo y dependencia. En concreto, pueden acceder a ella:

  • El cónyuge o la pareja no casada del ciudadano español, siempre que se acredite una relación estable.

  • Los hijos menores de 26 años, tanto del ciudadano como de su pareja.

  • Los padres, tanto del ciudadano como de su pareja, cuando demuestren que viven a su cargo, carezcan de apoyo familiar en el país de origen o concurran razones de carácter humanitario.

  • Los padres o tutores legales de un menor de nacionalidad española.

  • Un único familiar, de hasta el segundo grado, que cuide o vaya a cuidar a la persona con nacionalidad española (esta debe de tener reconocido cierto grado de dependencia).

  • Los hijos e hijas de un ciudadano que haya nacido en España.

Los visados con el nuevo reglamento de extranjería

La nueva normativa de extranjería regula de forma específica los distintos tipos de visados que España podrá expedir. Estos documentos permiten a su titular acceder al territorio español por diversos motivos, como turismo, estudios, residencia o tránsito, entre otros.

Una de las principales novedades es que el visado para la búsqueda de empleo reduce su duración de veinticuatro a doce meses. En caso de que la persona extranjera consiga un contrato de trabajo en ese periodo, será la empresa empleadora la que deberá solicitar una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena a su favor.

Trabajar y estudiar con la nueva ley de extranjería

Uno de los grandes avances del nuevo reglamento de extranjería es que se apuesta por la integración real de las personas extranjeras en la sociedad española a través del acceso a la formación y al empleo. Se eliminan muchas barreras y se abren nuevas vías para regularizar la situación administrativa mediante el estudio o el trabajo. Aquí te resumimos los puntos más importantes:

Nace el "arraigo socioformativo"

Otro cambio importante es que los estudiantes extranjeros ahora pueden trabajar más horas (hasta 30 horas semanales), y el procedimiento para cambiar de una autorización de estancia por estudios a una de residencia y trabajo se ha simplificado.

Esto supone una gran ventaja para quienes, tras finalizar sus estudios, quieren establecerse legalmente y trabajar en España.

Se admite más de un contrato laboral

Como ya hemos mencionado en la sección anterior, este nuevo tipo de arraigo permite obtener una autorización de residencia a aquellas personas extranjeras que ya estén matriculadas o cursando una formación, especialmente si está orientada al empleo.

Esto implica que tus estudios no serán únicamente útiles de cara a tu futuro profesional, sino que, además, te permitirán regularizar tu situación en España.

Posibilidad de trabajar mientras se estudia

El nuevo reglamento establece un permiso especial para que las personas extranjeras puedan trabajar en España en empleos temporales de hasta nueve meses al año, con posibilidad de renovar este permiso hasta por cuatro años. Esto brinda mayor estabilidad y facilita que los trabajadores puedan seguir realizando su actividad sin interrupciones largas.

Para obtener este permiso, es necesario contar con un contrato por escrito y que el empleador garantice condiciones adecuadas, como vivienda y seguro de asistencia sanitaria desde la llegada del trabajador hasta su alta en la Seguridad Social.

Además, el reglamento fija plazos claros para la tramitación de las solicitudes y establece criterios para negar o cancelar el permiso, buscando siempre proteger los derechos de los trabajadores temporales.

Los trabajos de temporada

Hasta ahora, a fin de solicitar el antiguo “arraigo laboral”, era preciso demostrar una relación laboral de treinta horas en un periodo de seis meses, o quince horas en un periodo de doce meses. Ahora, el reglamento actual permite presentar varios contratos parciales que, en conjunto, sumen un mínimo de 20 horas semanales.

Esta medida facilita mucho el acceso a la residencia para quienes trabajan en sectores como el cuidado de personas mayores, hostelería, limpieza, etc.

Conclusiones

El nuevo Reglamento de Extranjería, que entra en vigor en mayo de 2025, promete simplificar y agilizar los procedimientos de residencia, arraigo y trabajo para personas extranjeras en España. Entre sus principales novedades se encuentran una mayor flexibilidad en los requisitos y una ampliación de los supuestos para la regularización, lo que podría facilitar la integración y el acceso al empleo formal. No obstante, es importante estar bien informado y contar con asesoría especializada para aprovechar estas oportunidades y evitar posibles dificultades en los trámites.

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